miércoles, 21 de julio de 2010

Modulo manejo de equipos y medios de transporte

1. ¿Que son los depósitos aduaneros?

· Se trata de regímenes suspensivos del pago de impuestos, en los cuales las mercancías permanecen almacenadas por un plazo determinado en lugares designados para tales efectos. Estos lugares físicos son controlados por la Aduana, con el fin de depositar allí mercancías extranjeras, ya sea con el fin de simple depósito o con el objeto de que sean sometidas a una transformación.

2. ¿Cuáles son los depósitos aduaneros?

♥ algunos de los depósitos son los siguientes:

· Depósitos públicos:

La Dirección de Impuestos y Aduanas nacionales (DIAN) habilitó este tipo de depósitos con el fin de almacenar mercancías bajo control aduanero, en los cuales pueden permanecer las mercancías de cualquier usuario del comercio exterior.

· Depósitos privados:

Son los habilitados por la DIAN para almacenar bajo control aduanero, mercancías consignadas a la persona jurídica que figura como titular de la habilitación y estén destinadas en el documento de transporte a dicho depósito. De igual forma, podrán almacenarse mercancías de exportación del titular de este depósito, que se encuentren bajo control aduanero.

· Depósitos privados transitorios:

Las administraciones de impuestos y aduanas con operación aduanera podrán habilitar depósitos transitorios en su jurisdicción, por circunstancias y necesidades especiales y temporales de almacenamiento. Sólo podrá otorgarse la habilitación de depósitos transitorios de carácter privado, a las personas jurídicas que con la debida antelación a la llegada de la mercancía, hubieren presentado la respectiva solicitud. Dicha habilitación deberá tenerse al momento del arribo de la mercancía al territorio aduanero nacional.

· Depósitos privados para transformación o ensamble:
Son los lugares habilitados por la DIAN para el almacenamiento de las mercancías de importación que serán sometidas a la modalidad de transformación o ensamble.

3. ¿Cuáles son las obligaciones de los depósitos?

· Son obligaciones de los depósitos habilitados por la Dian, de acuerdo con el carácter de la habilitación y en cuanto les sean aplicables, las siguientes: a) Recibir, custodiar y almacenar únicamente aquellas mercancías que pueden permanecer en sus recintos. b) Recibir, custodiar y almacenar las mercancías sometidas al régimen de importación, exportación o a la modalidad de transbordo. c) Registrar en el sistema informático aduanero la información relacionada con la recepción de la carga entregada para su custodia. d) Elaborar, informar y remitir a la autoridad aduanera el acta de inconsistencias encontradas entre los datos consignados en la planilla de envío y la mercancía recibida, o adulteraciones en dicho documento, o sobre el mal estado o roturas detectados en los empaques, embalajes y precintos aduaneros o cuando la entrega se produzca fuera de los términos previstos en el artículo 113 del Decreto 2586. e) Observar las medidas que la autoridad aduanera señale para asegurar el cumplimiento de las disposiciones aduaneras. f) Contar con los equipos de seguridad, de cómputo y de comunicaciones que la autoridad aduanera establezca. g) Contar con los equipos necesarios para el cargue, descargue, pesaje, almacenamiento y conservación de las mercancías.

4. ¿Cuáles son las responsabilidades de los depósitos?

Sin perjuicio de la responsabilidad frente a terceros de conformidad con las normas de los códigos de Comercio y Civil, los depósitos serán responsables ante la Nación por las sanciones a que haya lugar por el incumplimiento de las normas aduaneras. Los depósitos habilitados serán responsables ante la Dian por el pago de los tributos aduaneros de las mercancías sustraídas o perdidas en sus recintos.

No hay comentarios:

Publicar un comentario