martes, 26 de abril de 2011

EMBALAJE

TRABAJO EN CLASE
1. ¿Cómo se selecciona el embalaje?
· EMPAQUE O ENVASE PRIMARIO Es todo aquel que contiene al producto en su presentación individual o básica dispuesto para la venta de primera mano. A este grupo pertenecen las bolsas plásticas, botellas, sistema tetra-brick, enlatados y frascos entre otros. El empaque debe contener datos fundamentales en los que se incluyen el nombre del producto, marca, peso, variedad, productor y país de origen. Asimismo, los productos perecederos deben incluir la fecha de producción y la de vencimiento. Algunos productos advierten acerca de su grado de toxicidad, forma de manipulación y condiciones de almacenamiento.
· EMPAQUE SECUNDARIO Es un complemento externo que agrupa varias muestras de empaques primarios, su función es resguardarlo en cantidades que simplifiquen su distribución, almacenamiento e inventario. Dentro del segundo nivel se encuentran las cajas de cartón, guacales (crates), canastas, bandejas y cajas agujereadas (lugs), entre otros. Éstas deben contener ordenadamente las unidades, el recipiente debe ajustarse al producto aprovechando sus dimensiones al máximo. Las cajas deben ir debidamente marcadas indicando la cantidad de unidades, su resistencia máxima al momento de apilarlas, la marca del producto y sus características básicas. En el caso de productos de difícil maniobrabilidad o grado significativo de fragilidad, la caja debe presentar la respectiva advertencia. En este punto del proceso, se debe tener en cuenta que de la calidad de los materiales empleados, dependerá la buena presentación del producto.
· EMPAQUE TERCIARIO DE EMBALAJE O TRANSPORTE El embalaje se utiliza con el fin de integrar cantidades uniformes del producto, ya dispuesto bajo las normas del empaque secundario.
Los materiales se seleccionan de acuerdo a las disposiciones del producto; sin omitir, costos, especificaciones del comprador, estándares internacionales, resistencia, fletes y entorno ambiental. Entre los empaques más utilizados se encuentran las tolvas, guacales alambrados o clavados, tarimas, canastas y contenedores entre otros. La agrupación de los productos dentro de sus respectivos sistemas de empaque y/o embalaje, debidamente asegurados y montados sobre la estiba, se conoce con el nombre de palatización.
· MARCADO Y ROTULADO El marcado o rotulado de los empaques ayuda a identificar los productos facilitando su manejo y ubicación en el momento de ser monitoreados. Se realiza mediante impresión directa, rótulos adhesivos, stickers o caligrafía manual, en un costado visible del empaque.

2. ¿Cuáles son las condiciones de seguridad, protección, higiene y control fitosanitario para el embalaje de los objetos?
El programa TECNICO EN EL DESARROLLO DE OPERACIONES LOGISTICAS EN LA CADENA DE ABASTECIMIENTO se creó para brindar al sector productivo técnicos con él y al menor costo. En todas las regiones y departamentos del país que cuentan con potencial productivo en zonas rama TECNICO EN EL DESARROLLO DE O El programa TECNICO EN EL DESARROLLO DE OPERACIONES LOGISTICAS EN LA CADENA DE ABASTECIMIENTO se creó para brindar al sector productivo técnicos con el propósito de formar operarios en logística, con amplio dominio técnico , investigativo y humanístico, garantizando una formación de calidad frente a los diferentes procesos logísticos requeridos por las empresas de acuerdo con la estructura del sector productivo y el nivel ocupacional, realizando esta tarea en el mejor tiempo posible en las cantidades precisas y al menor costo. En todas las regiones y departamentos del país que cuentan con potencial productivo en zonas logísticas, operadores logísticos, puertos, transporte logístico como movilización de carga, en sus modos terrestre, marítimo, férreo, aéreo y acuático que dependen en gran medida de un recurso humano cualificado y calificado, capaz de responder integralmente a la dinámica del sector, como factor determinante de la competitividad y el desarrollo del país. El SENA ofrece el programa con todos los elementos de formación profesional, sociales, tecnológicos y culturales, metodologías de aprendizaje innovadoras, acceso a tecnologías de última generación, estructurado sobre métodos más que contenidos, lo que potencia la formación de ciudadanos librepensadores, con capacidad crítica, solidarios y emprendedores, con formación centrada desde el hacer e incorporando los elementos cognitivos y actitudinales para desarrollar en el aprendiz competencias técnicas, cognoscitivas y comporta mentales que lo acreditan y lo hacen pertinente y coherente con su misión, innovando permanentemente de acuerdo con las tendencias y cambios tecnológicos y las necesidades del sector empresarial y de los trabajadores, impactando positivamente la productividad, la competitividad, la equidad y el desarrollo del país.


3. ¿Qué operaciones facilitan los objetos embalados?

Los procedimientos de embalado se caracterizan enteramente por el tipo de carga, si es liviano o su contenido no sea frágil, la carga se facilitara su manejo. La formación de de paquetes de otros objetos, se tiene que tener en cuenta a la hora de la fijación a las cartas, hojas o bandas


4. ¿Que se tienen en cuenta para embalar los objetos? De un ejemplo.


Las siguientes medidas están destinadas a minimizar los daños atribuidos a deficientes embalajes:

1. Diseñar los recursos de embalaje considerando la necesidad de fácil manipulación de las cajas durante su carga y descarga. Igualmente, el embalaje debe garantizar una protección adecuada por períodos de tiempo relativamente prolongados.

2. Los materiales de fabricación de las cajas de embalaje deben ser de primera calidad, pues deben garantizar el óptimo funcionamiento del contenido, resistencia a todo tipo de deterioro y una protección adecuada a su contenido.
Extremar las medidas de protección de los objetos contra daños mecánicos, resultantes de golpes, presiones y/o vibraciones durante el viaje.
El deterioro resultante por la acción de agentes biológicos sobre los objetos embalados. En este sentido, deben prepararse adecuadamente los objetos contra la actuación de insectos, hongos.

5. ¿A qué y cómo se debe adecuar el embalaje?


El embalaje trata de proteger el producto o conjunto de productos que se exporten, durante todas las operaciones de traslado, transporte y manejo; de manera que dichos productos lleguen a manos del consignatario sin que se haya deteriorado o hayan sufrido merma desde que salieron de las instalaciones en que se realizó la producción o acondicionamiento. El embalaje debe adecuarse a las penalidades que vaya a sufrir el producto hasta el mercado de utilización y por ello debe pensarse siempre en:1. Términos de recorrido total del transporte en que se vaya a realizar, El apilamiento al que El embalaje trata de proteger el producto o conjunto de productos que se exporten, durante todas las operaciones de traslado, transporte y manejo; de manera que dichos productos lleguen a manos del consignatario sin que se haya deteriorado o hayan sufrido merma desde que salieron de las instalaciones en que se realizó la producción o acondicionamiento. El embalaje debe adecuarse a las penalidades que vaya a sufrir el producto hasta el mercado de utilización y por ello debe pensarse siempre en:
1. Términos de recorrido total del transporte en que se vaya a realizar,
2. El apilamiento al que deberá estar sometido en camiones, bodegas o almacenes,
3. Atarrayas, plataformas, montacargas, grúas, altura desde que será soltado al terminal o al lugar de estiba), Los climas de condiciones de humedad a los que será sometido, tanto en el país de destino como en el de utilización, y lluvias que deberá soportar.
4. La manera en que será cargado descargado y manipulado.

jueves, 14 de abril de 2011

PLAN DE NEGOCIO

PLAN DE NEGOCIO: 1. TRANSESTILO LIDA, Es una empresa que se encarga de la transportación de carga (pesada y/o frágil) en las principales ciudades del país. 2. TRANSESTILO LIDA, · La idea de TRANSESTILO LIDA, nació en febrero del 2011. · Se creó pensado en la necesidad de la transportación más rápida y puntual. · El señor Ángelo Rodríguez hizo explotar la idea para mediado de febrero. · Se está realizando la constitución de la empresa. 3. PARTICIPACIONES ACCIONARIAS: · Ángelo Rodríguez el 55 % · Sebastián Amado el 45% 4. Actualmente vamos a contar con varios tipos de transporte: · Para carga ligera · Para carga pesada · Para carga larga · De alimentos · Y de electro domésticos · Actualmente nuestra empresa está terminando de ser legalizada totalmente para empezar a satisfacer a nuestros clientes para en un futuro lograr nuestro objetivo principal. 5. MERCADO: Nuestro mercado son para los clientes que necesiten transportar algunas cargas dimensiones, ello necesitan puntualidad y un excelente servicio para cualquier lado que valla dirigido ya sea de ciertas a nivel local, departamental e internacional. TAMAÑO DEL MERCADO SEGMENTO CANTIDAD DE EMPRESAS CANTIDAD DE TRANSPORTACION POR MERCANCA ANUAL Precio promedio por Tonelada Tamaño de transporté de mercado (anual) ALTA CALIDAD 15 1650000 64000 $ 105.600.000.000 MEDIA CALIDAD 40 2080000 60000 $ 124.800.000.000 TOTAL 55 3730000 124000 $ 230.400.000.000 EVOLUVION DEL MERCADO. Creemos que la transportación de mercancías de alta calidad crecerá al mismo ritmo que la población en los próximos años, es decir una tasa de crecimiento de 0.8% anual. Esto se debe a que la transportación de alta calidad se encuentra bien establecida, en cambio, esperamos que las tasas tengan un crecimiento de 2% promedio anual en la transportación de mercancía de media calidad para los próximos 5 años. Entendemos que el mercado se mantendrá estable para en los próximos 2 años. COMPETENCIA PRONCIPALES COMPETIDORES SERVIENTREGA S.A. Bajo la estrategia de Integración Servientrega se estructura en dos frentes: Integración Interna: Con el propósito de optimizar los recursos físicos, tecnológicos, los procesos y la productividad del Talento Humano se crean los “CGC” Centros de Gestión Corporativa. Integración Externa: Integrando múltiples servicios al mercado “Centro de Soluciones” ofreciendo soluciones en transporte aéreo y terrestre, almacenamiento, pick & pack, distribución y medios de pago; procesos que se soportan en los portafolios de las Aliadas. La incursión de jugadores internacionales y el fortalecimiento de la red en otros países generan el establecimiento de alianzas con operadores globales. ENVIA COLVANES S.A. Mediante este servicio transportamos sus mercancías y productos en todo el territorio nacional con el parque automotor más grande del sector. Las cajas o paquetes se transportan desde 6 kilogramos hasta 200 por unidad de empaque, ofrecemos cobertura directa a 240 poblaciones en rutas nacionales, regionales y urbanas. COORDINADORA S.A. A partir del nuevo milenio, Coordinadora se preocupa por abrir nuevos caminos para la globalización de la economía colombiana, y es así como mediante la alianza comercial con UPS, la compañía de soluciones logísticas más grande del mundo, amplía sus servicios a los exportadores, permitiéndoles expandir sus mercados a cerca de 200 países en 5 continentes. Este nuevo modelo permitirá exportar puerta a puerta evitando intermediación e inversión de gran infraestructura en el exterior. NUEVOS ENTRANTES Actualmente las barreras de entrada al mercado son altas, ya que los competidores se encuentran establecidos, y los servicios que ofrecen son un cuasi cómodas.Creemos que la única forma de ingresar a este mercado es con un transporte que abarque y mejore significativamente la oferta de los actuales competidores. Las marcas más importantes tienen un buen transporte, lo que les permite abrir nuevos modos de transporte con mayor facilidad. Sin embargo vemos que hay pocas marcas nuevas que ingresan al mercado. VENTAJAS COMPETITIVAS Nosotros nos posicionamos en el mundo de la transportación de carga en las principales ciudades como lo es Bogotá, entre otras ciudades. Ya que tenemos la oportunidad de abarcar esta zona mejor que otros por nuestra ubicación geográfica. COLABORADORES PROVEEDORES Hay tres tipos de transporte para nuestros clientes: · Local: para este nivel utilizamos más que todos nuestros camiones que abarcan hasta 12 toneladas. · Municipal: para este nivel utilizamos una variedad de tracto mulas de 20 pulgadas ósea que podemos abarcar con este hasta 25 toneladas. · Departamental: para este nivel es prácticamente igual que el municipal si no la única diferencia que se va a utilizar en las tracto mulas de 40’ pulgadas, que podamos abarcar con este hasta 30 toneladas. Consideramos que no hay riesgos significativos de abastecimiento o de integración hacia delante por parte de los proveedores de nuestra transportación principal. COMERCIAL ANALISIS DE PRECIOS La mayoría de empresas de transportación tiene una variedad de precios al vendedor de 65000 pesos por tonelada, entonces nuestra empresa ve estar con unos precios alrededor de 58000 – 64000 pesos por tonelada. Nuestra empresa por cada tres transportaciones de una misma entidad se hasta un descuento del treinta por ciento (30%) hasta la siguiente transportación. CANALES COMERCIALES Describe las formas y lugares donde se encuentra ubicado para adquirir e informarse de nuestro servicio de transporte para que contraten nuestros servicios. La clave de esta transportación de carga es que tanga una idea de que es mejor utilizar nuestros servicios para concretar con nuestros clientes. Nuestro primer local va ha ser ubicado a las afueras de Bogotá pero la sede principal que se encarga de la logística y todo el tramite va ser en el sector de la zona once (11) (Suba – Bogotá) con eso tienen más facilidad para ubicarnos. PUBLICIDAD Realizamos varios tipos de publicidad como: ü Carteles y folletos. ü Vallas. ü Redes sociales. Principalmente en MySpace, Facebook, Tuwter. ü Anuncios en la radio y televisión. PROMOCION Realizamos liquidaciones de transportación en los cierres de temporadas. Históricamente del diez por ciento (10%) de toda la transportación que se requiere con descuentos hasta el veinte por ciento (20%). EQUIPO Angeló Rodríguez En el año 2010 Angeló fundo una empresa de transporte al nivel local y fue su gerente general hasta venderla a principios del 2011 a un grupo español. Al momento de la venta la empresa tenía empresa de transporte actualizado por las normas incontec, con beneficios antes de impuestos e interés del veintiséis por ciento (26%). Previo a tener su empresa, Angeló ocupo cargos gerenciales de transporte comercial de servientrega de la industria de transportes. Angeló tiene treinta y cinco (35) años y es ingeniero de mercadeo y ventas. Sebastián Amado Sebastián es técnico en comercio exterior, especializado en la transportación cargas. Trabajo como jefe de transportación en Aduanas Internacionales. Desde allí lidero el lanzamiento de más de diez tipos de transporté que hoy en día son utilizados por distintas empresas de transportación o encargos masivos y además asesoro a más de cuatro (4) empresas de transportación de su implementación de su servicio productivo.

jueves, 7 de abril de 2011

CONCEPTOS DE LOGISTICA TARCERA PARTE

1. Certificado de depósito: Documento que acredita el dominio de las mercancías y productos, en los Almacenes Generales de Depósito. 2. Certificado de higiene: Documento que sirve como prueba de que la mercancía importada está libre de enfermedades y limpia. 3. Certificado de origen: Documento expedido por la autoridad u órgano competente, para dar fe de que determinado artículo es producido, cosechado, etc., en determinada región o país; se utiliza con la finalidad de aprovechar ventajas impositivas o preferencias arancelarias. 4. Certificado de seguro: Frecuentemente adquirido por el importador, este documento del flete de entrada indica la clase de seguro, comprado y el valor amparado por este. 5. CFR: "Cost and Freight" (.. nombre puerto de destino) : Sólo transporte marítimo. Venta en origen. El vendedor elige el barco y paga el flete marítimo hasta el puerto convenido. La carga de la mercancía a bordo corre a cargo del vendedor así como los trámites para la exportación. La transferencia de los riesgos y gastos se produce en el momento en que la mercancía rebasa la borda del buque al igual que en el Incoterm FOB. 6. CIF: "Cost Insurance and Freight" (… hombre Puerto destino) : Sólo transporte marítimo. Venta en origen Añade al incoterm CFR la obligación para el vendedor de contratar el seguro de las mercancías en las condiciones FPA (libre de avería particular) que cubre el valor CIF + 10%. La transferencia de los riesgos y gastos ocurre igual que con los incoterm FOB y CFR. 7. CIP: "Carriage and Insurrance Paid to" (… nombre lugar de destino) : Cualquier medio de transporte. Venta en origen. Semejante al incoterm CPT, al cual añade la obligación por parte del vendedor de contratar un seguro para las mercancías 8. Circunscripción aduanera: Es el territorio aduanero delimitado para cada aduana principal dentro del cual ésta, ejercerá la potestad aduanera. 9. Clausula de escape: Cláusula introducida por los EEUU en el comercio internacional en aras a proteger algunos de sus productos que se sentían amenazados por la competencia de la penetración de importaciones. 10. Cláusula de habilitación: Decisión de las partes contratantes adoptada en 1979 de brindar trato preferencial, arancelario y no arancelario, a los países en desarrollo. En el GATT brinda la cobertura legal para los esquemas de preferencias arancelarias del sistema generalizado preferencias (SGP) de los países industrializados en favor de los países en desarrollo. 11. Clausula de salvaguardia: Son excepciones al principio de la Unión Aduanera de la CEE y que permiten a un país miembro proteger temporalmente ciertas actividades nacionales en caso de dificultades sectoriales o regionales o en casos de dificultades globales de la balanza de pagos. 12. Clasificación arancelaria: Indicación correcta del código de la posición o partida, de la suposición o su partida, del ítem y del subitem correspondiente a las respectivas mercancías, según el Arancel de Aduanas. 13. Clasificación arancelaria única: Se entiende por Clasificación Arancelaria Única, la autorización expedida por el SENIAT, de importar en un solo embarque o embarques parciales, bajo una sola identidad arancelaria, el conjunto o combinaciones de máquinas o aparatos destinados a desarrollar un proceso productivo continuo plenamente identificado como tal, utilizado para la fabricación de un bien o la prestación de un servicio conforme a las normas y demás disposiciones contenidas en el Arancel. 14. CNC: Comité de negociaciones comerciales, órgano general instituido por la Declaración de Punta del Este para llevar a cabo las negociaciones de la Ronda Uruguay. 15. COCOM: Comité de Control de Exportaciones. Agrupación informal de gobiernos occidentales cuya finalidad fue el control de la venta de tecnología de avanzada al bloque socialista 16. Código de valoración en aduanas del G.A.T.T: Es denominado "Acuerdo Relativo a la Aplicación del Artículo VII del Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio", el cual tiene por objeto establecer un sistema equitativo, uniforme y neutral para la valoración en aduana de las mercancías. En él se definen seis (6) métodos de valoración, clasificados por orden jerárquico, y que deben ser aplicados por los funcionarios de aduana de los países signatarios. 17. Conocimiento de embarque: Documento en el que se establecen los términos contractuales del embarcador de la compañía de transporte con la que se envían los productos. 18. Consejo (GATT 1947): Consejo de Representantes del GATT que actuaba de forma permanente. Se reunía unas diez veces al año y manejaba los asuntos de rutina, las diferencias, etc. 19. Consignatario: Persona a cuyo nombre son despachadas las mercancías 20. Consignatario aceptante: Es, según la legislación aduanera, quien acepta la consignación de las mercancías convirtiéndose en consecuencia, en el sujeto pasivo de la obligación tributaria, y por ende en el dueño y propietario de las mismas. 21. Consolidaciones: Aranceles fijados o congelados en los calendarios del GATT que no pueden ser aumentados sin negociar previamente su compensación. 22. Consolidador de carga: Operador, distinto del porteador, que transporta carga en forma agrupada, bajo su nombre y responsabilidad, destinada a uno o más consignatarios finales. 23. Consulta de clasificación arancelaria: Solicitud que cualquier persona puede formular ante la Intendencia de Aduanas del SENIAT, a los fines de que determine la ubicación arancelaria de la mercancía que la motiva y el aforo correspondiente. La respuesta se expide en oficio de carácter público que tendrá pleno valor legal, otorgando seguridad, siempre que exista coincidencia entre el producto consultado y el que sea objeto de operación aduanera. 24. Contingentes: Se aplican al comercio de importación de un país y significan una limitación cuantitativa (cantidad física o de valor) a las importaciones de una mercancía determinada, durante un periodo de tiempo determinado. Contingente será la cantidad que se permitirá importar al país de ese producto. 25. Costo y flete: Término con que se expresa que el costo del valor y del flete de los artículos está incluido en el precio cotizado por el exportador. La adquisición y el costo del seguro corren por cuenta del exportador 26. CPT: "Carriage Paid to" Cretans arancelarias: Cualquier medio de transporte. Venta en origen. El vendedor elige al transportista y paga el flete hasta el lugar de destino acordado, pero la transferencia de los riesgos y gastos se produce en el momento de la entrega de la mercancía al primer transportista. 27. Cuotas: Límites establecidos por un país en el comercio internacional a la importación de bienes concretos.

miércoles, 6 de abril de 2011

MINUTA DE CONSTITUCION

ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD LIMITADA OTORGANTES, COMPARECIENTES CON MINUTA: --------------------------- 1.-Angelo José Rodríguez Pinilla, varón, colombiano, mayor de edad, domiciliado y residente en esta ciudad e identificado con cédula de ciudadanía No. 1.019.058.732 de Bogotá D.C. Estado civil Soltero. 2.-Juan Sebastián Amado Traslaviña, varón, colombiano, mayor de edad, domiciliado y residente en esta ciudad e identificado con cédula de ciudadanía No. 1.019.075.425 de Bogotá D.C, estado civil Soltero, manifestaron su voluntad de constituir una Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada que se regirá por los siguientes ESTATUTOS: ARTICULO PRIMERO.- SOCIOS. Angeló José Rodríguez Pinilla identificado con cédula de ciudadanía No. 1.019.058.732 de Bogotá D.C. Juan Sebastián Amado Traslaviña identificado con cédula de ciudadanía No. 1.019.075.425 de Bogotá D.C. ARTICULO SEGUNDO.- RAZON SOCIAL. La sociedad se denomina TRANSESTILO LTDA.” ARTÍCULO TERCERO.- DOMICILIO.- El domicilio de la sociedad se fija en Cl. 120f No. 187d – 15 (Bogotá, Cundinamarca, Colombia), Podrá establecer Sucursales, Agencias y dependencias en otros lugares del país o del exterior conforme a la ley. Dirección para notificaciones judiciales y Administrativas: Cl. 120f No. 187d – 15 Correo Electrónico: transestilolida_2011@hotmail.com ARTÍCULO CUARTO.- DURACION.- La duración de la sociedad se fija en Siete (7) AÑOS, contados a partir de la fecha de la presente escritura Febrero 10 del 2011. ARTICULO QUINTO.- OBJETO SOCIAL.- La sociedad tendrá como objeto principal las siguientes actividades: 1. Vamos a transportar tal carga (alimentos precederos, no precederos, electrodomésticos, carga pesada, materia prima, y material de construcción) en las principales ciudades de Colombia (Bogotá, Medellín, Cali, Cartagena, Tunja, Bucaramanga, Villavicencio, Quibdó, Armenia, ETC,) ARTICULO SEXTO.- CAPITAL.- $800.000.000 (monto del capital por el que se constituye la sociedad) dividido en Siete (7) cuotas las cuales corresponden a los socios en proporción a sus aportes, totalmente pagados y recibidos a satisfacción de la sociedad, conforme se describe a continuación: SOCIOS CUOTAS VALOR TOTAL Angeló José Rodríguez 7 65.000.000 $450.000.000. Juan Sebastián Amado 6 59.000.000 $ 350.000.000. TOTALES 13 124.000.000 $ 800.000.000. ------------------------------------------------------------------------------------------- PARAGRAFO. La responsabilidad personal de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. ARTICULO SEPTIMO.- CESION DE CUOTAS.- Las cuotas o partes de interés social no están representadas por títulos ni son negociables libremente en el mercado y solamente son cedibles mediante el otorgamiento de la correspondiente escritura pública de reforma estatutaria.- Toda cesión en cuanto a procedimiento y condiciones previas y finales se sujetará en un todo a lo previsto y ordenado por los Artículos 363 y siguientes del Código de Comercio. PARAGRAFO.- La Sociedad llevará un Libro de Registro de Socios inscrito en la Cámara de Comercio del domicilio social, con los requisitos y para los efectos consagrados en el Código de Comercio ARTÍCULO OCTAVO.- ADMINISTRACION.- La administración de la sociedad corresponde en derecho a todos y cada uno de los socios, éstos la delegan expresamente en la Junta de Socios y ésta a su vez en la Gerencia. (En este artículo se debe crear los cargos que se crea necesarios para el funcionamiento de la sociedad, para luego asignarlos). ARTICULO NOVENO.- JUNTA DE SOCIOS – REUNIONES.- La Junta de Socios la constituyen todos los socios reunidos personalmente, representados por sus apoderados o mandatarios o en las formas autorizadas por la Ley, con el quórum requerido. Las reuniones de la Junta de Socios serán ordinarias o extraordinarias y se celebrarán en la sede social de la empresa. Las reuniones ordinarias tendrán lugar por lo menos una (1) vez al año en la fecha que determine la Junta, por convocatoria del Gerente, hecha mediante comunicación por escrito dirigida a cada uno de los socios con quince (15) días hábiles de anticipación y ellas tendrán por objeto examinar la situación de la sociedad, designar los administradores y demás funcionarios de su elección, determinar las directrices económicas de la compañía, considerar las cuentas y balances del último ejercicio, resolver sobre las distribución de utilidades y acordar todas las providencias necesarias para asegurar el cumplimiento del objeto social. Si convocada la junta ésta no se reuniere, o si la convocatoria no se hiciere con la anticipación indicada, entonces se reunirá por derecho propio el primer (1er) día hábil del mes de abril, a las 10 a.m., en las oficinas de la administración del domicilio principal. Las reuniones extraordinarias de la Junta de Socios se efectuarán cuando la Gerencia o un número plural de socios o sus apoderados representantes de la cuarta (1/4) parte o más del capital social lo soliciten. La convocatoria para las reuniones extraordinarias se hará en la misma forma que para las ordinarias, pero con una anticipación de cinco (5) días comunes a menos que en ellas hayan de aprobarse cuentas y balances generales de fin de ejercicio, pues entonces la convocatoria se hará con la misma anticipación prevista para las ordinarias. Las reuniones de la Junta de Socios serán presididas por el Socio o apoderado del socio que designe la misma Corporación por mayoría de votos; el Presidente señalará la persona que debe actuar como Secretario y su nombramiento podrá recaer en cualquier persona sea o no Socio de la Compañía. Habrá quórum en la reunión de la Junta de Socios cuando concurra un número de ellos que representen por lo menos el noventa por ciento (90%) de las cuotas inscritas del capital social. En las reuniones de la Junta de Socios cada uno tendrá tantos votos como cuotas o partes de interés social posea en la Empresa y las decisiones que se adopten para que tengan validez, deberán ser aprobadas por la mayoría de los votos presentes o debidamente representados a menos que se trate de adoptar resoluciones referentes a la disolución y liquidación de la Compañía, reforma de sus estatutos o la aprobación de un traspaso de cuotas o partes de interés social a terceros, casos en los cuales dichas decisiones deberán ser aprobadas por un número de votos que representen por lo menos el setenta por ciento (70%) en que se encuentra divido el capital social De todas las reuniones y decisiones de la Junta de Socios se dejará constancia en un Libro de Actas debidamente rubricado y foliado y cada acta será firmada por todos los concurrentes, el presidente y el secretario de la respectiva reunión. Cualquier resolución de la Junta de socios que entrañe una modificación a los estatutos sociales, cesión, disolución o liquidación será elevada a Escritura Pública ARTICULO DECIMO.- REUNIONES NO PRESENCIALES Cada vez que los Socios puedan deliberar por cualesquiera medios de telecomunicaciones, las decisiones tomadas en las conferencias serán válidas y jurídicamente vinculantes Las deliberaciones por telecomunicaciones deberán ser siempre sucesivas o simultáneas. La evidencia de la telecomunicación y de las resoluciones pertinentes, como una confirmación por fax o correo electrónico, se incluirá en las actas respectivas, de conformidad con los requisitos establecidos en estos Estatutos. ARTICULO DECIMO PRIMERO.- ATRIBUCIONES.- Son atribuciones de la Junta de Socios: 1.- Autorizar la reforma de los estatutos sociales. 2.- Nombrar al Gerente y su suplente. (o los cargos que se creen) 3.- Reunirse ordinaria o extraordinariamente cuando lo estime conveniente o necesario. 4.- Aprobar o improbar los balances. 5.- Decretar la venta total de los bienes sociales. 6.- Decretar y distribuir las utilidades. 7.- Crear agencias, sucursales o filiales. 8.- Crear y proveer los cargos que la ley o los estatutos señalen. 9.- Acordar las reservas para la protección del capital social. 10.- Decretar la disolución y liquidación de la Sociedad; 11.- Aprobar la cesión de cuotas o partes de interés social. 12.- Las demás funciones que le corresponden como suprema autoridad directiva y administrativa de la Sociedad ARTICULO DECIMO SEGUNDO.- GERENCIA.- El uso de la razón social de la Compañía y su representación legal y administrativa estarán a cargo de un Gerente con su respectivo Suplente, (o de los cargos que se creen) quien remplazará al Gerente en sus faltas absolutas, temporales o accidentales con las mismas facultades y atribuciones de éste, designados por la Junta de Socios. En el Gerente delegan los socios la personería de la empresa y su administración con las más amplias facultades dispositivas y administrativas. ARTICULO DECIMO TERCERO.- FUNCIONES.- Además de los actos de disposición y administración concernientes al giro ordinario de las operaciones de la Sociedad, son atribuciones del Gerente: a.- Representar legalmente a la sociedad y celebrar toda clase de actos o contratos sin límite de cuantía. (los socios pueden limitar por cuantía) b.- Ejecutar las decisiones y órdenes de la Junta de Socios y convocarla cuando así lo requieran los intereses sociales. c.- Custodiar los bienes sociales. d.- Informar cada seis (6) meses a la Junta de Socios acerca de los negocios ejecutados y a ejecutarse. - e.- Rendir los informes respectivos y presentar los balances anuales correspondientes. f.- Constituir apoderados o mandatarios que representen a la sociedad judicial administrativa o extrajudicialmente. g.- Nombrar y remover los empleados de la sociedad que no sean de la competencia de la Junta de Socios y fijarles su remuneración ARTICULO DECIMO CUARTO.- BALANCE.- El treinta y uno (31) de Diciembre de cada año se cortarán las cuentas, se hará el inventario y se formará el balance de liquidación del respectivo ejercicio para ser sometidos al estudio y aprobación de la Junta de Socios; una vez aprobados, de las utilidades liquidas resultantes se destinará el diez por ciento (10%) para la constitución de la reserva legal que debe ascender al cincuenta por ciento (50%) del capital social. Además de la anterior reserva, la Junta de Socios podrá crear o decretar las que considere convenientes o necesarias, siempre y cuando tengan una destinación específica y se aprueben con la mayoría prevista en estos Estatutos. Una vez deducidas las reservas, el saldo restante de las utilidades se distribuirá entre los socios a prorrata de sus respectivos aportes. Ninguno de los socios podrá retirar suma alguna de la Sociedad, salvo las utilidades que le correspondan después del balance actual respectivo. Los sueldos se estimarán como gastos generales de la Sociedad. Las pérdidas si las hubiere, se distribuirán igualmente entre los Socios en proporción a sus respectivos aportes. ARTICULO DECIMO QUINTO.- DISOLUCION.- La Sociedad se disolverá: a.- Por expiración del término fijado para su duración o de las prórrogas que se hubieren acordado oportunamente; b.- Si las pérdidas redujeren el capital de la sociedad y las reservas, a menos del cincuenta por ciento (50%) de aquél; c.- Por decisión de todos los socios; d.- Por cualquiera otra causa legal. ARTICULO DECIMO SEXTO.- LIQUIDACION.- Disuelta la Sociedad, su liquidación se hará por el Gerente o por la persona o personas que la Junta de Socios designare. La liquidación se efectuará de conformidad con las disposiciones legales vigentes. PARAGRAFO.- Si al tiempo de la liquidación existieren bienes en especie para ser distribuidos entre los Socios, éstos bienes se avaluarán por el liquidador y serán adjudicados a prorrata de lo que le corresponda a cada socio como utilidades o participación. ARTICULO DECIMO SEPTIMO.- MUERTE O INCAPACIDAD DE UN SOCIO.- En caso de muerte o incapacidad legalmente decretada de uno de los Socios, la sociedad continuará con sus herederos, quienes nombrarán una sola persona para que los represente.- Dentro de los treinta (30) días siguientes a la muerte del Socio, los demás tendrán derecho a adquirir las cuotas o aporte del fallecido, por el valor comercial en la fecha de su muerte. Si no se llegare a ningún acuerdo respecto del precio y condiciones de pago, serán determinados por peritos designados por las partes. Si fueren varios los Socios que desearen adquirir, las cuotas se distribuirán entre ellos a prorrata de las que posean en la Sociedad. ARTICULO DECIMO OCTAVO.- NOMBRAMIENTOS.- Designase como Gerente de la sociedad a:...................., identificado con cédula de ciudadanía No. ........................ de............. y como Suplente del Gerente a.........................., identificado con la cédula de ciudadanía..........................de..........., quienes aceptaron los nombramientos. (Se deben asignar tantos cargos como hayan sido creados, no se puede asignar un cargo no creado en los estatutos) CLAUSULA COMPROMISORIA.- Los socios aceptan solucionar sus diferencias por trámite conciliatorio en --------------------- (lugar donde se va a conciliar). En el evento que la conciliación resulte fallida, se obligan a someter sus diferencias a la decisión de un tribunal arbitral, renunciando a hacer sus pretensiones ante los jueces, designando tres (3) árbitros, quienes podrán transigir y fallarán en equidad en un plazo máximo de ocho (8) días calendario. Firmas socios ________________________ Firma notario ________________________

Conceptos Segunda parte

1. Ajuste fiscal en frontera:

Sistema de adaptación de los impuestos que gravan un producto objeto de operaciones de comercio exterior. Consiste en la exención o desgravación a los bienes exportados de los impuestos con que se les grava cuando se destinan al consumo interior; y en sentido inverso, en la imposición a los productos importados de gravámenes similares a los correspondientes al consumo interior de los productos nacionales.

2. ALCA:

Área de Libre Comercio de las Américas.

3. Almacén libre de impuesto (Duty Free Shops):

Régimen mediante el cual se autoriza a los establecimientos ubicados en las zonas primarias de las aduanas localizadas en los puertos o aeropuertos internacionales, a depositar determinadas mercancías nacionales y extranjeras, exclusivamente para ser expedidas a aquellas personas que están en tránsito en el país o que vayan a entrar o salir del mismo, en calidad de pasajeros.

4. Andino, pacto:

Unión aduanera establecida por el Acuerdo de Cartagena entre Chile, Perú, Colombia, Bolivia y Ecuador en 1969. En 1973 se adhirió Venezuela y en 1976 se salió Chile. El objetivo fue el libre comercio en la zona, el establecimiento de un arancel exterior común y el desarrollo y la racionalización de industrias específicas sobre una idea regional.


5. Antidumping, derechos:

Tipo de derecho arancelario introducido para neutralizar el dumping practicado por un país extranjero, en el mercado nacional. El GATT ha establecido unas reglas que han de regir la utilización de este mecanismo compensatorio, cuya base son los artículos 6 y 16 del propio GATT.


6. Arancel de aduanas:

Instrumento legal que comprende la nomenclatura para la clasificación oficial de las mercancías susceptibles de ser importadas los territorios nacionales o exportados del mismo o sometidos a otros regímenes aduaneros, así como los gravámenes aplicables a las mismas y las restricciones u otros requisitos que deben ser cumplidos con motivo de las operaciones aduaneras.


7. Arancel optimo:

Arancel adoptado por la CEE para sus relaciones comerciales con el resto del mundo. Fue establecido a un nivel igual a la media aritmética de los aranceles entonces en vigor para cada producto en los cuatro territorios aduaneros de la Comunidad. Sucesivamente, en el seno del GATT han dejado el nivel medio arancelario más reducido. La adhesión a la CEE conlleva la adopción del AEC.


8. Arancelaria, partida:

Epígrafe del arancel de aduanas que designa, bien una mercancía determinada, o bien una de mercancías afines. A las del primer tipo se les llama partidas específicas y a las del segundo, genéricas o residuales.


9. Arrumaje:

Distribución o colocación de la carga de una embarcación. Extensible, también, a la distribución o colocación de las mercancías en almacenes, depósitos, etc.


10. Auto liquidación:

Es la operación mediante la cual, el consignatario, efectúa la liquidación de los gravámenes y demás derechos causados con ocasión de la introducción de las mercancías, para el momento de la aceptación o declaración de éstas últimas.


11. Autorización de cambio:

Documento que permite al importador canjear moneda de su país por divisas para pagar al exportador.


12. Bultos sobrantes:

Son aquellas mercancías que, una vez terminada la confrontación general de los cargamentos, aparecen de más, sobre las anotadas en el Manifiesto de Carga.


13. Bultos faltantes:

Son aquellas mercancías que, una vez terminada la confrontación general de los cargamentos, no aparecen en los arrumajes de los almacenes, pero si figuran en el Manifiesto de Carga o sobordo respectivo.


14. Bultos en retorno:

Bultos traídos al puerto o aeropuerto de destino, por haber faltado en la descarga del vehículo donde fueron manifestados originalmente.


15. Bultos postales:

Forma utilizada internacionalmente para el intercambio recíproco de mercancías o efectos sujetos al pago de impuestos aduaneros, con intervención del correo, ya sea por vía marítima, aérea o terrestre.


16. Bonos de prenda:

Documentos expedidos por los almacenes generales de depósito, a los fines de acreditar la constitución de garantía prendaria sobre las mercancías bajo su guarda.


17. Cabotaje:

Tráfico marítimo, fluvial, lacustre y aéreo de mercancías y equipajes nacionales o nacionalizados, entre diversos lugares del territorio nacional.


18. Carga consolidada:

Carga en forma agrupada, que es transportada bajo nombre y responsabilidad de un operador de transporte, distinto del porteador (consolidado) en el vehículo de éste, destinada a uno o más consignatarios finales.


19. Carga Courier:

Operación mediante la cual una Empresa Operadora de Mensajería Internacional "Courier" traslada carga agrupada, bajo su propio nombre y responsabilidad destinadas a terceras personas por cualquier medio de transporte, propio contratado o mediante Mensajero a Bordo.


20. Carta de crédito:

Documento emitido por un banco y obtenido por el importador, en el que se autoriza a otro banco a abonar al exportador una suma específica de dinero, cuando el banco haya recibido el documento en que se garantiza que se han cumplido las condiciones estipuladas en la carta de crédito. Ejemplo: condiciones de venta, packing, fecha de envío, etc.


21. Causación:

De acuerdo a la legislación venezolana cuando se trate de importación, las mercancías causarán el impuesto y estarán sometidas al régimen aduanero vigente para la fecha de su llegada a la zona primaria de cualquier aduana nacional habilitada para la respectiva operación. Cuando se trate de exportación, se aplicará el impuesto y el régimen aduanero vigente para la fecha de recibo de la declaración formulada ante la oficina aduanera por el exportador. En caso mercancías que se encuentren en zonas, puertos o almacenes libres o francos o almacenes aduaneros (in bond), y vayan a ser destinadas a uso o consumo en el territorio aduanero nacional, se aplicará el impuesto y el régimen aduanero vigente para la fecha del registro de la declaración formulada ante la oficina aduanera.

lunes, 4 de abril de 2011

Conceptos de Comercio y Logística

1. Actividad aduanera: Son todos aquellos actos necesarios para que la operación aduanera se pueda realizar. Entre las actividades aduaneras podemos destacar: la confrontación, el reconocimiento, la liquidación, el desaduana miento, etc.


2. Acuerdos de comercialización ordenada:

Una de las medidas de "zona gris". Refiere a acuerdos bilaterales entre gobiernos por los cuales un gobierno limita las exportaciones del otro. Se utilizan para proteger la industria nacional.


3. Acuerdos de clearing:

Acuerdos de compensación entre países que realizan el control de cambios, en virtud de los cuales el producto de las exportaciones se afecta a las importaciones para conseguir el equilibrio de las balanzas comerciales.


4. Acuerdos multilaterales:

Acuerdos internacionales en los que participan tres o más países.


5. Acuerdo general sobre aranceles y comercio:

Se crea en 1948 cuando 23 países deciden negociar las concesiones arancelarias previstas en la llamada Carta de la Habana por la que se pretendía constituir una organización de comercio.


6. ACP:

Países de África, Caribe y el Pacífico, miembros del Tratado de Lomé con la CEE.


7. Admisión temporal:

Régimen aduanero que permite la importación temporal de bienes destinados a ser reexportados tras algunos procesos de transformación. Se exigen garantías de que la mercancía va a ser efectivamente reexportada. Es, por tanto, una política comercial destinada a crear valor añadido en el país, en la mercancía en cuestión.


8. Aduana de entrada:

La oficina aduanera por donde entran al territorio aduanero mercancías en tránsito aduanero.


9. Aduana de destino:

La oficina aduanera donde termina la operación de tránsito aduanero.


10. Aduana de partida:

La oficina aduanera por donde comienza la operación de tránsito aduanero internacional.


11. Aduana de paso de frontera:

La oficina aduanera fronteriza, que no siendo ni la de partida ni la de destino, interviene en el control de una operación de tránsito aduanero internacional.


12. Aduana principal:

Es la que tiene jurisdicción en una circunscripción determinada y centraliza las funciones fiscales y administrativas de las aduanas subalternas adscritas a ella.


13. Aduana subalterna:

Son las adscritas a una aduana principal habilitada para realizar determinadas operaciones aduaneras dentro de la respectiva circunscripción.


14. Aduana subalterna:

Empresa o persona física con licencia gubernamental facultado para tramitar mercancía ante la aduana de determinado país.


15. Agente de exportación:

Empresa, persona física u organización que sirve de intermediaria a importadores y exportadores.